Cadena de custodia: ¿En qué consiste y qué etapas tiene?

En la actualidad abundan los programas de televisión sobre detectives o investigadores que trabajan para cuerpos de seguridad del Estado, el Gobierno o abogados particulares, CSI, True Detective, Bones… en los que en muchas ocasiones un mal manejo de las pruebas halladas en el lugar de los hechos puede convertir a uno de los protagonistas en culpable o inocente.

También es más que habitual titulares en los medios de comunicación haciendo referencia a la cadena de custodia y los efectos jurídicos de esta en casos de ruptura, manipulación de evidencias y/o desaparición de las mismas.

“El tribunal invalida la prueba de alcoholemia por fallas en la cadena de custodia y condena a X a dos años y medio de cárcel”

“Ni el Ministerio Público ni la defensa privada de ella pudieron acreditar con qué objeto la había golpeado. Pues en ningún caso presentan como prueba el bate o el objeto punzocortante. Esto se debe, como sucede en la mayoría de casos, porque la investigación de la fiscalía fue insuficiente»

“Cuatro miembros de un CSC ubicado en Durando, acusados de un delito contra la Salud Pública,  han sido absueltos por la Audiencia de Bizkaia al considerar que había incongruencias en la cadena de custodia que realizó la Ertzaintza tras requisar las plantas de marihuana que cultivaba la asociación”

Titulares como los expuestos ponen de relieve la importancia de la cadena de custodia en el proceso penal, y cómo la manipulación o ruptura de las evidencias o indicios razonables, determinarían el triunfo o fracaso de un proceso penal

¿En qué consiste la cadena de custodia?

Entendemos por cadena de custodia a los pasos y requisitos de tratamiento que debe seguir todo material relacionado con los hechos constitutivos de un delito, desde que se obtiene hasta su exposición en el juicio oral. 

Según el Tribunal Supremo, el fin último de este proceso es lo que ha denominado “el mimismo”,  que se tenga certeza de que lo recogido es lo mismo que llega a concretarse en el momento del juicio, preservando la integridad y originalidad de las evidencias. 

En este proceso participan multitud de sujetos para que la reconstrucción de los hechos sea lo más ajustada posible a la realidad, desde los policías hasta los peritos pasando por los abogados, secretarios, etc.

Etapas de la cadena de custodia

La cadena de custodia pasa por 4 fases bien diferenciadas que vamos a explicar a continuación:

1. Extracción o recolección de los indicios

Una vez situados en la escena del delito, hay que proceder a extraer de la misma los indicios encontrados. Las pruebas materiales pueden ser cualquier cosa, desde objetos enormes hasta partículas microscópicas, que se originaron en la perpetración de un delito y se recogen en la escena del crimen o en lugares próximos.

Es especialmente importante una adecuada metodología y técnica de recolección, eliminando al máximo las posibilidades de  pérdida o contaminación.

2. Preservación y embalaje de la prueba

El personal policial debe ser el primero en llegar al escenario del crimen sobre este recae la responsabilidad primaria en todo procedimiento, debe cuidar que los rastros del delito sean conservados y que el estado de las cosas no se modifiquen o se destruyan; así como evitar que se ausente del lugar posibles testigos y víctimas.

Al ser encontrada una evidencia y ser fijada, esta debe ser protegida para evitar su alteración o destrucción. Esta protección se logra con el embalaje de las evidencias, la que tiene como fin primordial individualizar y garantizar la integridad de las evidencias.

Así mismo tiene como objetivo evitar que terceras personas puedan alterar o sustituir el elemento probatorio

3. Transporte o traslado de la prueba

Una vez que el elemento probatorio es encontrado y embalado, debe ser trasladado hacia el lugar donde será almacenado o analizado. La fase de transporte corresponde al traslado de la evidencia desde el escenario del crimen hacia otro destino.

El destino pueden ser los laboratorios para su análisis, o a las diferentes fiscalías para su custodia.

4. Custodia y preservación final hasta que se realice el debate

Las pruebas se custodian y se preservan hasta el momento en que se va a realizar el debate.

¿Cuándo se  produce la ruptura de la cadena de custodia?

La ruptura de la cadena de custodia hace referencia a la existencia de una duda razonable sobre la autenticidad y fiabilidad de las pruebas perdiendo de esta manera el rango de proposición probatoria.

No garantizar que la cadena de custodia se haya llevado a cabo con el debido tratamiento implicaría, la invalidez de la prueba, vulnerando, de esta forma, aquellos derechos referentes a un proceso justo. Esta ruptura se presenta cuando en algunos de los eslabones de la cadena se pierde la garantía de identidad entre lo incautado y lo entregado al fiscal, perito.

Esto  puede derivar en que imputados inocentes acaben siendo sentenciados como culpables y que personas responsables de un hecho delictivo salgan absueltos.

En este último caso las consecuencias sobre la persona hacen más relación al mantenimiento de la conducta delictiva por creerse invencible que al sufrimiento psicológico.

Sin embargo las consecuencias en el primer caso, un inocente sentenciado como culpable, son de gran importancia en todas las áreas de su vida: ruptura familiar, deterioro cognitivo y afectivo, desajuste social, impacto laboral.

“Inocente, nueve años de cárcel, y sólo un tercio de la indemnización” (El mundo, 01-06-2015)

Este titular corresponde a uno de los mayores fallos cometidos por el sistema judicial.

Fallo que según ha verbalizado la persona que fue juzgada como participante de un atraco, siendo inocente, ha derivado en dos intentos de suicidio, depresión mayor con sintomatología psicótica y cambios importantes en su personalidad.

Las personas inocentes juzgadas como culpables comienza a sufrir desde el momento en el que se le cita como imputados y en ocasiones deben cumplir encarcelamiento a modo cautelar. Esta primera etapa está marcada por la incertidumbre, la rabia y la desconfianza generalizada.

Tras ella llega el momento del juicio, la sentencia y la  ratificación de culpabilidad. Cuando la sentencia ya es firme, les invade un sentimiento de tristeza, incomprensión, y en poco tiempo comienzan los primeros síntomas de depresión.

A medida que avanzan los meses la persona va dándose cuenta de la cronicidad de su situación y empiezan a darse cambios en su personalidad: desconfianza, suspicacia, hipervigilancia, aislamiento.

Si como ya afirman diversos estudios  los efectos del encarcelamiento son múltiples en personas culpables, imagínense en personas inocentes.

La perfección en la realización de la cadena de custodia es primordial para un juicio justo y asegurar que no se dan situaciones como la expuesta anteriormente.

Sara D. Rodríguez
Licenciada en Psicología y Criminología.